¿Qué esperar tras la aprobación del nuevo Código de la Niñez, la Adolescencia y las Juventudes?

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Foto: Sadiel Mederos.
Foto: Sadiel Mederos.

El Código de la Niñez, la Adolescencia y las Juventudes fue finalmente aprobado durante las últimas sesiones del Parlamento cubano en julio de 2025. Desde elTOQUE Jurídico abordamos algunos de los temas fundamentales de la normativa. ¿Qué cambia a partir de ahora para los niños y jóvenes cubanos?

En materia de derechos sexuales, el Código reafirma el concepto de autonomía progresiva de los menores y posibilita que su decisión no solo pueda tenerse en cuenta, sino que sea determinante, por ejemplo, en materia de cirugías de asignación de sexo (para los menores intersexuales) o en el caso de los abortos cuando existan conflictos entre las menores de edad embarazadas y sus progenitores o tutores legales. 

El Código establece la regla de que los menores tienen derecho al reconocimiento y protección de sus derechos sexuales y reproductivos atendiendo a su madurez y autonomía progresiva. Conceptos que fueron previamente acuñados en el Código de las Familias.

Sin embargo, tanto el Código de las Familias como el Código de la Niñez, la Adolescencia y las Juventudes reafirman el uso de ambos conceptos, pero no especifican cómo será medida en la práctica la autonomía progresiva de un menor o su nivel de madurez; mucho menos cuánta autonomía o madurez debe tener un menor para definir cuándo y cómo someterse a determinados procedimientos médicos relacionados con sus derechos reproductivos y sexuales.

La legislación también es demostrativa de una de las prácticas originarias del régimen cubano: el uso de la represión para enfrentar problemas sociales como la pobreza. La normativa considera que cualquier forma de explotación de menores, incluida la práctica de la mendicidad que se ha vuelto común en las calles cubanas, puede considerarse una forma de esclavitud infantil y que los padres o tutores de los menores mendicantes deben ser sancionados con severidad.






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