¿Qué oculta la extensión del plazo para la pérdida de la residencia en Cuba?

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Foto: Sadiel Mederos.
Foto: Sadiel Mederos.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (Minrex) anunció una nueva extensión en la suspensión del plazo para la pérdida de la residencia legal en el país. La medida aplica para quienes hayan permanecido fuera del territorio nacional por más de 24 meses cumplidos después del 9 de marzo de 2020.

En una nota que publicó la embajada cubana en Timor Leste y que replicó el sitio oficial del Minrex el 13 de enero de 2024, se confirmó que «la prórroga automática y sin costo de la estancia ininterrumpida en el exterior, más allá de los 24 meses, continúa vigente hasta nuevo aviso, sin implicar la pérdida de la condición de residentes en el territorio nacional».

Las autoridades cubanas tomaron por primera vez la decisión de suspender el término de 24 meses para la pérdida de la residencia legal en 2020. Fue una medida de alivio frente a los impactos adversos de la pandemia de la COVID-19. Desde entonces, la decisión ha evolucionado de una prórroga temporal (en un primer momento estuvo limitada hasta octubre de 2021) a una extensión indefinida que se ha confirmado en varias oportunidades.

Una inquietud crucial de muchos cubanos que han abandonado recientemente la isla es la posibilidad de perder legalmente propiedades (viviendas y automóviles) luego de que las autoridades cubanas los declaren «emigrados».

La suspensión del plazo de 24 meses para la pérdida de la residencia legal en la isla ha evitado que los cubanos que salieron del país después del 10 de marzo de 2018 sean clasificados «emigrados». La medida impide la activación en contra de esas personas de las consecuencias legales asociadas a la categoría «emigrados», incluida la confiscación de bienes.

La decisión de prolongar la suspensión del plazo de 24 meses durante casi cuatro años revela aspectos de gran relevancia. En primer lugar, resalta la carencia de una justificación práctica para la existencia de la prórroga, lo cual sugiere que se trata de una construcción política utilizada a lo largo del tiempo para penalizar a quienes optan por dejar Cuba y establecerse en otro territorio.

En segundo lugar, aunque la extensión se ha renovado periódicamente a través de declaraciones de funcionarios del Minrex en medios de comunicación o en el sitio web del Ministerio, nunca ha sido formalizada mediante una norma jurídica publicada en la Gaceta Oficial de la República.

La no publicación de una normativa atenta contra la deteriorada seguridad jurídica de la emigración, en tanto impide que los ciudadanos puedan apelar a una norma jurídica para reclamar sus derechos en caso de ser declarados emigrados durante el período teóricamente vigente de la prórroga.

La decisión de extender el término de 24 meses para mantener la residencia efectiva evidencia la disposición de otorgar beneficios temporales a los emigrados cubanos sin proporcionar las imprescindibles garantías jurídicas y políticas.

A pesar de ser una decisión beneficiosa para muchos emigrados cubanos que anhelan regresar a Cuba, la prórroga también se alinea con las aspiraciones que ha manifestado el Gobierno de motivar a los cubanos emigrados a regresar a la isla para contribuir a su desarrollo y realizar inversiones.

El mantenimiento indefinido de la condición de residente legal es indispensable para garantizar que quienes deseen adquirir viviendas, vehículos o invertir de manera «legal» en el sector privado de la economía cubana puedan hacerlo sin necesidad de someterse a un proceso de «repatriación».

Asimismo, la suspensión de las consecuencias de la estancia ininterrumpida en el exterior por 24 meses se corresponde con el crecimiento o mantenimiento del flujo migratorio desde la isla. Ante un mayor éxodo, el Gobierno cubano tiene mayores necesidades de ofrecer incentivos para que su emigración regrese.

No obstante, la ola migratoria que ha utilizado la Administración de La Habana como arma en la negociación e influencia regional ha motivado que otros Gobiernos del área asuman políticas restrictivas en relación con los originarios de la Mayor de las Antillas. 

Tal es el caso del Gobierno de Panamá, el cual acaba de ratificar el 10 de enero de 2024 que todos los cubanos que tuvieran vuelos con escala en el país istmeño continuarán requiriendo una visa de tránsito. Mediante un Decreto Ejecutivo publicado en la Gaceta Oficial panameña el 15 de enero de 2024, el Gobierno de ese país prorrogó la vigencia del Decreto Ejecutivo No. 162 del 19 de diciembre de 2022, que establece que los ciudadanos de nacionalidad cubana que viajen en tránsito por la República de Panamá requieren obtener una visa para ese efecto.


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